ASECONSA Asesoría de Consumo y Sanidad

viernes, 12 de noviembre de 2010

Medicamentos falsificados

Artículo 4 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios":
GARANTÍAS DE DEFENSA DE LA SALUD PÚBLICA.
"1.Se prohíbe la elaboración, fabricación, importación, exportación, distribución, comercialización, prescripción y dispensación de productos, preparados, sustancias o combinaciones de las mismas, que se presenten como medicamentos sin estar legalmente reconocidos como tales.
2. Queda expresamente prohibida la promoción, pulbicidad o información destinada al público de los productos incluidos en el apartado 1.
3. El incumplimiento de las prohibiciones anteriores dará lugar a las responsabilidades y sanciones previstas en el capítulo II del título VIII de esta Ley, con independencia de las medidas cautelares que procedan y de las respnsabilidades civiles o penales a que haya lugar".
Fuente: Ley 29/2006, de 26 de julio.

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