ASECONSA Asesoría de Consumo y Sanidad

miércoles, 14 de diciembre de 2011

Subastas de medicamentos en Andalucía

El Consejo de Gobierno de Andalucía ha aprobado el Decreto-ley de Medidas Urgentes en Farmacia, que establece, entre otras, la adjudicación por convocatoria pública de los medicamentos que se dispensan.

El precio de los medicamentos en la convocatoria pública es el menor estipulado por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. El colectivo de las oficinas de farmacia mantendrá sus actuales márgenes de beneficio sobre la venta, que están determinados por normativa estatal.

El Decreto Ley establece la adjudicación por convocatoria pública de los medicamentos dispensados en las farmacias andaluzas a los usuarios que acudan con una receta por principio activo. De este modo se pretende lograr una mayor eficiencia económica, dado que la adquisición de 190 millones de envases de medicamentos al año para ocho millones de usuarios conllevará bonificaciones por parte de la industria farmacéutica que repercutirán en la sostenibilidad del sistema sanitario.

Este proceso de selección estará abierto a todas las empresas y laboratorios que comercialicen los medicamentos. La iniciativa comenzará por tres de los 400 subgrupos terapéuticos más consumidos: los protectores gástricos, las estatinas y los inhibidores de la agregación plaquetaria. Las convocatorias públicas podrán comenzar su tramitación el próximo mes.

Fuente: www.aseconsa.es

martes, 6 de septiembre de 2011

DISOLVENTES DE EXTRACCIÓN AUTORIZADOS EN LA FABRICACIÓN DE ALIMENTOS


Aprobado el Real Decreto 1101/2011, de 22 de julio, por el que se aprueba la lista positiva de los disolventes de extracción que se pueden utilizar en la fabricación de productos alimenticios y de sus ingredientes.

ANEXO:

1.- Parte I: Disolventes de extracción que pueden utilizarse respetando las buenas prácticas de fabricación para todos los usos.

2.- Parte II: Disolventes de extracción cuyas condiciones de utilización se especifican en dicha norma.

3.- Parte III: Disolventes de extracción utilizados en la preparación de aromas a partir de plantas aromáticas naturales.

Disolventes de extracción que pueden utilizarse respetando las buenas prácticas de fabricación para todos los usos:

  • Propano
  • Butano
  • Acetato de etilo
  • Etanol
  • Anhídrido carbónico
  • Acetona (*)
  • Protóxido de nitrógeno
(*) Se prohíne la utilización de acetona en el refino de aceite de orujo de oliva.

Se considera que un disolvente de extracción se utiliza respetando las buenas prácticas de fabricación si su empleo sólo produce la aparición de residuos o de derivados y en cantidades técnicamente inevitables y que no suponen riesgo para la salud humana.

Fuente: www.aseconsa.es

jueves, 26 de mayo de 2011

Vitamina B 6 como aditivo en alimentación animal

La Unión Europea autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado VITAMINA B 6 (clorhidrato de piridoxina), especificado en el anexo del Reglamento (UE) Nº 515/2011, de 25 de mayo, perteneciente a la categoría de «aditivos nutricionales», en las condiciones establecidas en dicho anexo.

El Reglamento (CE) 1831/2003 regula la autorización de los aditivos en la alimentación animal y los motivos y procedimientos para su concesión. El artículo 10 de este Reglamento contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo.

La vitamina B 6 fue autorizada sin límite de tiempo como aditivo en piensos para todas las especies animales mediante la Directiva 70/524/CEE como parte del grupo funcional "vitaminas, provitaminas y sustancias químicamente bien definidas de efecto análogo".

Fuente: www.aseconsa.es

miércoles, 25 de mayo de 2011

Versión 2 del Portal de Ensayos Clínicos con Medicamentos

Publicación de la Versión 2 del portal de ensayos clínicos con medicamentos (Portal ECM v2).

La entrada en funcionamiento de la versión 2 del Portal ECM tendrá lugar el próximo 6 de junio de 2011. La nueva versión del Portal ECM incluirá entre sus novedades:

1. Permitirá cargar el XML del formulario de solicitud inicial completado en EudraCT v.8, y completar, archivar e imprimir las últimas versiones de los formularios de solicitud europeos de modificación relevante y fin de ensayo.

2. Permitirá el envío telemático de cualquier solicitud o notificación referente a un ensayo clínico con medicamentos de uso humano tanto a los Comités Eticos de Investigación Clínica (CEIC) como a la Agencia Española de Medicamentos y Productos sanitarios (AEMPS), excepto las notificaciones de reacciones adversas graves e inesperadas y los informes anuales de seguridad, que se seguirán notificando por los procedimientos actualmente establecidos.

3. Se han actualizado los tipos de solicitudes en trámite y para un ensayo clínico autorizado teniendo en cuenta los tipos de solicitud indicados en la Comunicación de la Comisión 2010/C 82/01 de 30 de marzo de 2010 (“CT-1”), y las peticiones de los agentes involucrados en la gestión de los ensayos clínicos.

Fuente: www.aseconsa.es

martes, 24 de mayo de 2011

Aprobada la comercialización de preparados cárnicos de minoristas a bares

El Gobierno ha aprobado hoy a propuesta de las ministras de Sanidad, Política Social e Igualdad y de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, un real decreto por el que se modifica el Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor.

El principal objetivo de esta modificación es flexibilizar la norma vigente, permitiendo la comercialización de preparados cárnicos frescos desde los establecimientos de comercio minoristas de carne a bares y restaurantes.

La presente norma supone una ampliación de los productos que las carnicerías pueden comercializar a bares y restaurantes, generando un entorno más favorable para los operadores económicos al aumentar la productividad e incentivando la creación o ampliación de empresas.

Fuente: http://www.aseconsa.es/