ASECONSA Asesoría de Consumo y Sanidad

jueves, 29 de julio de 2010

AUTORIZACIÓN NUEVAS SUSTANCIAS EN BIOCIDAS


Con fecha 29 de julio de 2010, se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE, número 183) las Ordenes PRE/2046/2010, de 21 de julio y PRE/2047/2010, de 21 de julio, por las que se incluyen sustancias activas en el Anexo I del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.

En el anexo I de dicho real decreto, que coincide con el del mismo número de la directiva citada, que se titula «Lista de sustancias activas que para su inclusión en biocidas» se han de incluir previamente las sustancias activas que vayan a formar parte de un biocida para poder inscribir éste en el Registro Oficial de Biocidas y, en su caso, poder obtener el reconocimiento mutuo de registro en los otros estados de la Unión Europea.



  • Nitrógeno, como insecticida, acaricida y producto para controlar artrópodos (tipo 18).

  • Flocumafén y fosfuro de aluminio generador de fosfina, como rodenticidas (tipo 14).

  • Tolilfluanida, Tetraborato de disodio, ácido bórico, octaborato de disodio tetrahidrato, y óxido bórico como protectores de la madera (tipo 8).

  • Acroleína, como antimoho (tipo 12).

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