ASECONSA Asesoría de Consumo y Sanidad

viernes, 21 de enero de 2011

Dispensadores de agua mineral natural o de manantial "COOLER".

En la actualidad podemos encontrarnos distintos tipos de dispensadores de agua, como los dispensadores de agua tipo punto de uso, las fuente de agua o los dispensadores de agua tipo cooler.

En base a la normativa en vigor, el contenido de las fuentes de agua ("cooler") no podrá ser redistribuido en ningún caso, directamente o mediante dispositivos dispensadores, en otros de menor capacidad destinados al consumidor final, ni se autorizarán prácticas de rellenado o reposición del contenido, debiendo renovarse mediante sustitución exclusivamente por otros íntegros y completos.

Prohibiciones generales en relación con el etiquetado y envases. Se prohíbe:
  • Inscribir los datos obligatorios únicamente en precintos, cápsulas, tapones y otras paertes que se inutilicen al abrir el envase.
  • La utilización de indicaciones, denominaciones, marcas, imágenes u otros signos, figurativos o no, que estén prohibidos expresamente, induzcan a error respecto de su origen, atribuyan a cualquier agua propiedades de prevención, tratamiento o curación de una enfermedad humana o evoquen características que éstas no posean (sólo en el caso de aguas minerales naturales).
  • Inclusión de datos analíticos en el etiquetado de agua de manantial, en el caso de que la composición no sea constante.
Fuente: Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano.

http://aseconsa.es/noticias/dispensadores-de-agua-fria-cooler

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