Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (15.1.2011) el Reglamento (UE) Nº 10/2011 de la Comisión de 14 de enero de 2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.
El Reglamento (CE) nº 1935/2004 establece los principios generales para eliminar las diferencias entre las legislaciones de los Estados miembros en lo relativo a los materiales destinados a entrar en contacto con alimentos.
El presente Reglamento se aplicará a los materiales y objetos de las siguientes categorías que se introduzcan en el mercado de la Unión Europea:
- materiales y objetos y sus partes que consten exclusivamente de materias plásticas;
- materiales y objetos plásticos multicapa unidos por adhesivos o por otros medios;
- materiales y objetos contemplados en los apartados anteriores que estén impresos o recubiertos por un revestimiento;
- capas plásticas o revestimientos plásticos que formen juntas de tapas y cierres y que, junto con estas tapas y cierres, constituyan un juego de dos o más capas de materiales de distintos tipos;
- capas plásticas en materiales y objetos compuestos multicapa.
El presente Reglamento no se aplicará a los siguientes materiales y objetos que se introduzcan en el mercado de la Unión Europea, y que quedarán cubiertos por otras medidas específicas:
- resinas de intercambio iónico;
- caucho;
- siliconas.
El presente Reglamento se aplicará sin perjuicio de las disposiciones de la UE o nacionales aplicables a las tintas de imprenta, los adhesivos o los revestimientos.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea.
¿quétipo de unión presenta cada tipo de plástico? por favor si lo sabeís repondernos es urgente
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