ASECONSA Asesoría de Consumo y Sanidad

domingo, 10 de abril de 2011

Ley de Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía

Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía.
El sector industrial agroalimentario y pesquero es uno de los más importantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tratándose de un sector innovador y dinámico que se ha modernizado de manera destacada en los últimos años.
La tecnología ha permitido mejorar sensiblemente los niveles de calidad de los productos agroalimentarios y pesqueros andaluces, siendo el motor socioeconómico para el desarrollo y la fijación de población. En el ámbito pesquero, para ganar en fortaleza y competitividad ante producciones procedentes de otros países, se están estableciendo mecanismos para poner en valor la excelencia de sus productos, reforzando la calidad de los pescados y mariscos puestos a la venta, e impulsando su diferenciación en los canales de comercialización y ante los propios consumidores.
El fomento y la promoción son acciones estratégicas encaminadas a informar a los diferentes segmentos del consumo sobre la calidad de los productos, a la vez que constituyen un instrumento adecuado que permite a los operadores de las empresas agroalimentarias y pesqueras, que basan gran parte de la competitividad de sus productos en la calidad de los mismos, que puedan darlos a conocer, contribuyendo a abrir nuevos mercados e incrementando su presencia en los tradicionales.
La certificación de la calidad se ha convertido en un proceso necesario para que los productos andaluces puedan competir en los mercados, con una distribución muy concentrada y una nueva Política Agraria Común. Por otra parte, en últimos tiempos, los consumidores exigen mayores garantías de calidad en los alimentos, al mismo tiempo que demandan productos con características diferenciales.
El nivel actual de calidad de las producciones del sector agroalimentario y pesquero no habría sido posible sin la intervención de los organismos independientes de control, cuyo campo de actividad se centra fundamentalmente en las labores de inspección, análisis y certificación, que permiten evaluar los sistemas de producción y gestión implantados por el resto de los operadores, y que les posibilita, a su vez, garantizar determinadas indicaciones, símbolos o menciones facultativas en el etiquetado de sus productos.
En el ámbito de la calidad comercial, resulta prioritario potenciar el marco de competencia leal que debe existir entre todos los niveles que intervienen en las distintas etapas de la cadena alimentaria. Ello implica contemplar y definir los requisitos que se deben cumplir por los diferentes operadores, ampliando las actividades de control hasta abarcar a los propios organismos independientes de control que intervienen en el reconocimiento de la calidad, proporcionando así al resto del sector un nivel de confianza adecuado sobre el funcionamiento de estos operadores, permitiendo a los mismos apostar por una producción de calidad con adecuación a las normas, velando a su vez por la veracidad de la información que sobre tales productos y a través de la publicidad y el etiquetado reciben los consumidores.
Tradicionalmente la verificación del cumplimiento de estos requisitos mediante inspección en las etapas de producción y almacenamiento se ha conocido como la prevención y lucha contra el fraude, siendo competencia de la consejería competente en materia agraria y pesquera.
Andalucía es la Comunidad Autónoma donde se reconocieron las primeras denominaciones de origen españolas, germen de los actuales sistemas de certificación. El auge de las denominaciones de calidad y de la certificación en el sector agroalimentario y pesquero es patente en los últimos años, resultado de la tradición y de la calidad conseguida, existiendo además una superficie importante dedicada a la producción ecológica y a la producción integrada, así como también una gran tradición de elaboración artesanal de productos con unas características específicas.
La labor de control y tutela de los nombres geográficos protegidos se extiende a la verificación del cumplimiento del pliego de condiciones registrado en la Unión Europea, conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 510/2006, del Consejo, de 20 de marzo de 2006, y basado en un régimen de controles oficiales, regulado en el Reglamento (CE) núm. 882/2004, del Parlamento europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004.
La presente ley tiene por objeto, en el marco de la normativa de la Unión Europea y de la normativa básica del Estado:
  • La ordenación y control de las denominaciones de calidad de los productos agroalimentarios y pesqueros de Andalucía y de los consejos reguladores.
  • El establecimiento de las normas necesarias para garantizar la calidad, el origen, en su caso, y la conformidad de los productos agroalimentarios y pesqueros con sus normas específicas de calidad, y asegurar, en este ámbito, la protección de los derechos y legítimos intereses de los agentes económicos, operadores y de las personas consumidoras finales, garantizando a estas una información correcta y completa sobre la calidad agroalimentaria y pesquera de los productos.
  • El fomento y la promoción de la calidad de los productos agroalimentarios y pesqueros.
  • El establecimiento de las obligaciones, en materia de calidad, de los agentes económicos y de los profesionales del sector agroalimentario y pesquero.
  • La regulación de los requisitos exigibles a los organismos de la evaluación de la conformidad, y las obligaciones requeridas a los operadores agroalimentarios y pesqueros y sus entidades auxiliares, para la demostración de la conformidad de los productos.
  • La regulación de la inspección, el control de la calidad, la prevención y lucha contra el fraude y el régimen sancionador en materia de calidad y conformidad de los productos agroalimentarios y pesqueros.
Esta ley se aplicará a todas las actuaciones que se realicen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de calidad agroalimentaria y pesquera, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa de seguridad alimentaria y en las normativas específicas en materia de disciplina de mercado y de defensa de las personas consumidoras.
Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

http://aseconsa.es/noticias/ley-de-calidad-agroalimentaria-y-pesquera-de-andalucia

No hay comentarios:

Publicar un comentario