1º.- Aprobar la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas y las puntuaciones provisionales baremadas por la Comisión de Baremación.
2º.- La lista a que se refiere el apartado anterior se encuentra expuesta, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la citada Orden de 8 de abril de 2010, en los tablones de anuncio de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y en la web: http://www.juntadeandalucia.es/salud.
Esta lista se encuentra ordenada alfabéticamente y en ella se recogen las personas solicitantes definitivamente admitidas y excluidas en cada una de las fases del procedimiento en que participan con expresión de la causa de exclusión y, en su caso, las puntuaciones provisionales de los distintos bloques de méritos que han sido baremados por la Comisión. Las puntuaciones provisionales corresponden a un número suficiente de personas solicitantes que pueden resultar adjudicatarias. En el resto de solicitudes permanece la puntuación del autobaremo.
3º.- Las personas solicitantes definitivamente admitidas podrán presentar alegaciones en relación con las puntuaciones provisionales baremadas en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el mismo plazo podrán solicitar la vista de su expediente. Asimismo, quienes hayan detectado errores en sus datos personales, podrán solicitar su rectificación.
4º.- En los escritos y solicitudes referidos en el apartado anterior deberá consignarse el número de solicitud admitida que aparece en la lista y el nombre, apellidos y DNI de la persona o personas que conlleva dicha solicitud, y se dirigirán a la Dirección General de Planificación e Innovación Sanitaria de la Consejería de Salud, presentándose, preferentemente, en los registros de la Consejería de Salud o de sus Delegaciones Provinciales, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5º.- Finalizado el plazo de diez días previsto en el apartado tercero de esta Resolución, se publicarán en los tablones de anuncio de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y en la dirección web: http://www.juntadeandalucia.es/salud, la fecha, lugar, hora y requisitos para la vista del expediente de quienes lo hayan solicitado.
6º.- Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer por las personas solicitantes definitivamente excluidas recurso de alzada ante la Secretaría General de Calidad y Modernización en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.