La Unión Europea a través del Reglamento (CE) Nº 1881/2006 de la Comisión, de 19 de diciembre, fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios, modificado por el Reglamento (UE) Nº 420/2011, de 29 de abril.
Teniendo en cuenta las distintas interpretaciones respecto a la parte del cuerpo de los cangrejos que debe analizarse para compararla con el nivel máximo fijado para el cadmio en los crustáceos (cangrejos, percebes, langostinos o langosta) en el Anexo del Reglamento (CE) Nº 1881/2006 se aplica a la carne de los apéndices (patas y pinzas) y del abdomen.
Fuente: http://www.aseconsa.es/
ASECONSA Asesoría de Consumo y Sanidad
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martes, 3 de mayo de 2011
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